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martes, 07 de mayo de 2024 00:00h.

Impuestos

El Supremo exime a la Barrié del IBI por el edificio que ocupa el Banco Pastor en el Cantón

El Supremo rechaza así un recurso del Ayuntamiento de A Coruña que entendía que la Barrié debía pagar el IBI.
 

El Tribunal Supremo ha confirmado que la Fundación Barrié está exenta del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles por el edificio de su propiedad alquilado al Banco Pastor y en el que la entidad financiera tiene su sede central, el número 1 del Cantón Pequeño de A Coruña. El Supremo rechaza así un recurso del Ayuntamiento de A Coruña que entendía que la Barrié debía pagar el IBI.

El Gobierno local señalaba que al desarrollarse una actividad económica en este edificio la Barrié tenía que abonar el impuesto, a pesar de ser una entidad sin ánimo de lucro. Pero el Tribunal Supremo ha señalado en una sentencia que el hecho en sí del alquiler de un edificio no puede entenderse como explotación económica y que es irrelevante la actividad que allí desarrolle otra entidad, en este caso el banco. Por eso concluye que la Barrié está exenta del impuesto como fundación sin ánimo de lucro.