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viernes, 17 de mayo de 2024 00:00h.

CENTROS DE DEPENDENCIA

Benestar se acoge a la ley de Función pública para justificar los contratos en precario

La Xunta se apoya en esta ley y señala que las sustituciones se ajustan estrictamente a la legislación. Hay contrataciones por una hora, un cuarto de jornada o fines de semana.

La Xunta justifica la existencia de contratos de una hora , de un cuarto de jornada y de sólo fines de semana a personas inscritas en la lista de contratación de las residencias de mayores y centros de dependientes de la Consellería de Traballo e Benestar. El departamento de Beatriz Mato ha señalado a Radio Coruña que las condiciones laborales, así como las sustituciones, del personal eventual y fijo se ajustan a la Ley de Función Pública.

Fuentes de la Consellería de Benestar eximen absolutamente de responsabilidad a la Xunta en referencia a las condiciones de jornada y de sueldos del personal eventual. La administración autonómica se apoya en esta norma, la Ley de Función Pública, para no responsabilizarse de la situación de determinados trabajadores de residencias de mayores y otros centros de dependencia públicos. La Consellería señala que las sustituciones, en épocas estivales o navideñas, se ajustan estrictamente a las condiciones de los empleados a quienes sustituyen y que los contratos por horas se deben a que hay personal con reducciones de jornada.

Un par de testimonios más de trabajadoras de centros dependientes de la Consellería de Traballo e Benestar sobre la repercusión que tienen los contratos en precario en la calidad asistencial a usuarios de esas instalaciones, personas mayores y personas con alto grado de discapacidad. Demelsa Piñeiro y Maria Luisa Otero. Pertenecen al colectivo de personal laboral.

Demelsa Piñeiro

Maria Luisa Otero​